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Instalación obligatoria de estaciones de carga para vehículos eléctricos a partir del enero 2023

19/07/2022

Los edificios de uso no residencial tendrán que estar dotados obligatoriamente con estaciones de carga para vehículos eléctricos.

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De acuerdo con el Real Decreto-ley 29/2021, se incorporan al ordenamiento jurídico nuevas exigencias para los EDIFICIOS DE USO NO RESIDENCIAL. Estos DEBERÁN ESTAR DOTADOS OBLIGATORIAMENTE CON PUNTOS DE RECARGA por vehículos eléctricos, según el número total de plazas de aparcamiento de la edificación.

Con carácter general, será necesario:

A. Instalar un punto de recarga CUANDO SE DISPONGA DE MÁS DE 20 PLAZAS DE APARCAMIENTO.
B. Instalar un punto de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento. En el caso de edificios públicos, instalar un punto de recarga por cada 20 plazas de aparcamiento.

Requisitos: Los puntos de recarga de vehículos eléctricos tendrán que cumplir con lo dispuesto en los reglamentos de seguridad industrial para las instalaciones de baja tensión.

Ayudas públicas: El Plan MOVES 3 es un programa de ayudas públicas vigente en el que se puede apoyar a cualquier empresa o administración. Estas deben de tenir pensado invertir en la instalación de puntos de carga para vehículos eléctricos.

En FOTOVOL somos instaladores certificados de Wallbox, empresa líder en la fabricación de puntos de recarga. También te acompañamos en todas las fases del proceso de solicitud de ayudas públicas.

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